BASES LEGALES – PROMOCIÓN “SORPRESA DORADA ASAF COOKIES”

1. Organizador

La presente promoción denominada “Sorpresa Dorada ASAF Cookies”, en adelante la “Promoción”, es organizada por ASAF SpA, RUT 78.544.096-K, con domicilio en PASAJE RENAICO 1197, San Pedro de la Paz, Concepción, en adelante también “ASAF” o el “Organizador”.

La Promoción se desarrollará exclusivamente en la ciudad de Arica y se regirá por estas bases y por la legislación chilena vigente.

2. Vigencia de la promoción

La Promoción comenzará el día viernes 30 de octubre del 2026 a las 22:30 horas y finalizará cuando se venda la última de las 50 cajas participantes o, en todo caso, el día 01 de noviembre del 2026 a las 20:30 horas, lo que ocurra primero.

El ticket ganador podrá reclamarse hasta el día 02 de noviembre del 2026 hasta las 21:00 horas. Después de ese plazo, se considerará que el premio no fue reclamado.

ASAF informará públicamente la vigencia, cantidad de cajas participantes, premio y acceso a estas bases a través de su página web y de la cuenta de Instagram @asafcookies.

3. Participantes

Podrán participar las personas naturales:

a) Mayores de 18 años.
b) Residentes o que se encuentren en la ciudad de Arica.
c) Que adquieran válidamente una de las 50 cajas correspondientes al lanzamiento.
d) Que acepten íntegramente estas bases.

No podrán participar los representantes, trabajadores, prestadores de servicios que hayan intervenido directamente en la preparación de la Promoción ni sus familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Si una caja fue comprada para ser regalada, podrá ser considerado ganador quien la haya recibido legítimamente, siempre que presente el ticket ganador original y antecedentes suficientes que permitan acreditar la adquisición válida de la caja.

4. Productos participantes

Participarán únicamente las 50 cajas de lanzamiento ASAF Cookies, vendidas a través de los canales oficiales de ASAF durante la vigencia de la Promoción.

Cada caja contiene cuatro galletas de lanzamiento correspondientes a las variedades:

  • Capricho
  • Ámbar
  • Eclipse
  • Perla

La compra de otros productos o galletas adicionales no aumentará las posibilidades de ganar.

5. Mecánica de la promoción

Dentro de una de las 50 cajas participantes se incorporará aleatoriamente una “Sorpresa Dorada”.

La persona que encuentre el ticket ganador deberá:

a) Conservar el ticket original en buen estado.
b) Conservar el comprobante, número de pedido o antecedente que permita acreditar la adquisición válida de la caja.
c) Comunicarse con ASAF mediante la página de Instagram antes del vencimiento del plazo general de reclamo.
d) Enviar fotografías claras del ticket y los antecedentes solicitados para su verificación.
e) Presentar físicamente el ticket original al momento de recibir el premio.

Las fotografías enviadas no reemplazan la presentación del ticket original. ASAF podrá verificar razonablemente su autenticidad, integridad y correspondencia con la Promoción, sin exigir antecedentes innecesarios.

6. Premio

La Promoción contempla un único premio de:

$50.000 (cincuenta mil pesos chilenos).

El premio será entregado en efectivo y de manera presencial al ganador.

La entrega se documentará mediante un acta de recepción firmada por ambas partes o mediante el comprobante correspondiente.

El premio:

  • Es personal e intransferible.
  • No podrá ser cedido, vendido ni reclamado por terceros.
  • No podrá reemplazarse por otro producto o beneficio.
  • No estará sujeto a cobros adicionales por parte de ASAF.
  • Será entregado exclusivamente a la persona cuya identidad haya sido verificada como ganadora.

Las obligaciones tributarias que eventualmente correspondan al premio serán cumplidas por la parte a quien la legislación aplicable se las atribuya. ASAF entregará los antecedentes o comprobantes que legalmente correspondan.

7. Plazo de 24 horas para aceptar el premio

Una vez que ASAF haya verificado preliminarmente el ticket y notificado al participante que su reclamo ha sido validado, el ganador tendrá un plazo de 24 horas corridas, contado desde el envío de dicha notificación, para:

a) Confirmar por escrito la aceptación del premio.
b) Entregar los datos estrictamente necesarios para verificar su identidad y efectuar el pago.
c) Coordinar la presentación del ticket original.
d) Firmar el acta de aceptación y recepción del premio.
e) Coordinar la sesión fotográfica y la grabación de la cuña establecidas en estas bases.

La notificación se realizará mediante el canal utilizado por el participante para comunicarse con ASAF y, si se dispone de ellos, mediante correo electrónico o WhatsApp.

Si el ganador no responde dentro de las 24 horas, ASAF enviará un segundo y último aviso. Si transcurren otras 24 horas sin respuesta, se entenderá que el participante no aceptó el premio, dejando ASAF constancia documentada de dicha circunstancia.

Este plazo de aceptación no podrá comenzar antes de que ASAF haya enviado una notificación verificable al ganador.

8. Sesión fotográfica y cuña testimonial

Como parte de la dinámica promocional informada previamente, el ganador deberá participar en:

a) Una sesión breve de fotografías y video relacionada con la entrega del premio, de una duración máxima estimada de 30 minutos.
b) La grabación de una cuña testimonial breve, de aproximadamente 5 a 10 minutos, referida a la recepción del premio y a su experiencia auténtica con las galletas ASAF.

La sesión se realizará en el lugar que las partes acuerden, o en su caso, en el domicilio que el ganador indique, en una fecha y horario acordados razonablemente con el ganador, dentro de los 2 días siguientes a la validación del premio.

ASAF no podrá obligar al ganador a emitir opiniones falsas, exageradas o necesariamente positivas. La cuña deberá representar su experiencia y opinión genuina.

La participación en la sesión no implica una relación laboral, prestación permanente de servicios ni obligación de asistir a actividades adicionales.

9. Autorización para el uso de imagen y voz

Antes de la sesión, el ganador deberá suscribir una autorización específica mediante la cual permita a ASAF captar y utilizar su imagen, voz, nombre de pila y testimonio obtenidos durante la entrega del premio.

Esta autorización se limitará a:

  • Publicaciones en las redes sociales oficiales de ASAF.
  • Página web de ASAF.
  • Piezas digitales relacionadas con la Promoción y sus resultados.
  • Publicidad digital de ASAF relacionada con su lanzamiento y productos.

La autorización tendrá una duración máxima de 12 meses contados desde la sesión y se limitará al territorio de Chile y a plataformas digitales accesibles desde Chile.

ASAF podrá editar el material para ajustar su duración, iluminación, formato, subtítulos o identidad visual, pero no podrá alterar el sentido de las declaraciones del ganador ni presentarlas de una manera denigrante, engañosa o distinta de su contexto.

La autorización no permite vender la imagen del ganador a terceros ni utilizarla para fines ajenos a ASAF Cookies.

El ganador podrá revocar posteriormente la autorización por escrito, sin efecto retroactivo respecto de publicaciones o campañas ya ejecutadas, conforme a la normativa vigente sobre protección de datos personales.

10. Protección de datos personales

Los datos personales recopilados serán utilizados exclusivamente para:

  • Verificar la identidad del ganador.
  • Validar el ticket.
  • Coordinar y acreditar la entrega del premio.
  • Cumplir obligaciones legales y tributarias.
  • Publicar el resultado de la Promoción.
  • Gestionar la autorización específica de imagen y voz.

ASAF no podrá utilizar los datos para finalidades distintas ni comunicarlos a terceros, salvo prestadores necesarios para efectuar la transferencia, producir el contenido autorizado o cumplir obligaciones legales.

El participante podrá solicitar información, modificación, eliminación o bloqueo de sus datos cuando corresponda, escribiendo a [email protected].

Los datos se conservarán únicamente durante el tiempo necesario para acreditar el cumplimiento de la Promoción y de las obligaciones legales aplicables.

11. Validación del ticket

ASAF podrá rechazar justificadamente un reclamo cuando:

  • El ticket presentado no sea original.
  • Se encuentre falsificado, adulterado, reproducido o manipulado.
  • No corresponda a la Promoción.
  • Existan antecedentes objetivos de fraude.
  • No pueda acreditarse razonablemente la adquisición legítima de una caja participante.
  • El reclamo sea presentado fuera del plazo indicado en estas bases.

La decisión deberá estar fundada y ser comunicada por escrito al participante. ASAF no podrá rechazar arbitrariamente un ticket ni modificar después de iniciada la Promoción los criterios utilizados para validarlo.

12. Publicación del resultado

Una vez entregado el premio, ASAF publicará el resultado en su página web y/o en la cuenta de Instagram @asafcookies, indicando al menos el nombre de pila y la inicial del apellido del ganador, junto con la fecha de entrega.

La publicación permanecerá disponible durante un período razonable no inferior a 30 días.

La difusión de fotografías, videos, voz o testimonio requerirá la autorización específica señalada en estas bases.

13. Responsabilidad del participante

El participante será responsable de:

  • Entregar información verdadera y actualizada.
  • Custodiar el ticket original.
  • No reproducir, alterar ni divulgar elementos cuya difusión pueda facilitar fraudes.
  • Presentar el ticket dentro del plazo establecido.
  • Cumplir las condiciones informadas en estas bases.

La pérdida, destrucción o deterioro sustancial del ticket que impida verificar su autenticidad deberá analizarse considerando los antecedentes disponibles, sin excluir automáticamente otros medios de prueba válidos.

14. Modificaciones y fuerza mayor

ASAF no podrá reducir el premio, modificar arbitrariamente la mecánica, acortar retroactivamente los plazos ni agregar nuevas obligaciones a los participantes después de iniciada la Promoción.

Solo podrán realizarse modificaciones por razones legales, técnicas o de fuerza mayor debidamente justificadas. Cualquier cambio deberá:

  • Ser informado por los mismos medios utilizados para publicitar la Promoción.
  • Respetar los derechos adquiridos por los consumidores.
  • No disminuir el valor del premio.
  • No afectar injustificadamente las posibilidades de los participantes.

15. Disponibilidad de las bases

Estas bases estarán disponibles gratuitamente, antes y durante toda la Promoción, en:

  • La página web oficial de ASAF.
  • Un enlace visible en la biografía de Instagram @asafcookies.
  • El canal de atención: correo [email protected] e Instagram @asafcookies.

La eventual protocolización notarial de estas bases será voluntaria y no reemplazará la obligación de mantenerlas disponibles para los consumidores.

16. Aceptación de las bases y derechos del consumidor

La participación en la Promoción supone el conocimiento y aceptación de estas bases, siempre que hayan sido informadas de manera previa, clara, comprensible y accesible.

Ninguna disposición de estas bases limita los derechos irrenunciables reconocidos a los consumidores por la Ley N.º 19.496 ni impide presentar consultas o reclamos ante ASAF, SERNAC o los tribunales competentes.

El silencio del participante no se considerará aceptación de autorizaciones adicionales para el tratamiento de sus datos, imagen o voz.

17. Legislación aplicable

La Promoción se regirá por las leyes de la República de Chile, especialmente por la Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y por la normativa vigente sobre protección de datos personales.

Cualquier controversia será conocida por los tribunales competentes conforme a la legislación chilena, sin limitar el derecho del consumidor a recurrir ante el tribunal que legalmente corresponda.

ASAF SpA
RUT: 78.544.096-K
Correo: [email protected]
Instagram: @asafcookies
Fecha de publicación de las bases: 30 de octubre 2026